Solo incluye los artículos 5° y 6° de la Ley. Onganía - Adalbert Krieger Vasena.
Publicado por la Subsecretaria de Urbanismo, Dirección de Ordenamiento Urbano, Ministerio de Obras Públicas, Provincia de Buenos Aires.
Publicado por la Subsecretaria de Urbanismo, Dirección de Ordenamiento Urbano, Ministerio de Obras Públicas, Provincia de Buenos Aires.
Proyecto sobre Políticas de Crédito para la construcción de viviendas rurales para revertir la corriente de éxodo del campo de la provincia.
Dirección de Arrendamientos y Aparcerías Rurales, Cámara Nacional Paritaria de Arrendamientos y Aparcerías Rurales, Ministerio de Agricultura y Ganadería de la Nación.
Documento de la División Información Parlamentaria de la Cámara de Diputados de la Nación Argentina.
- Agriculture Act 1947, 10 & 11. Chapter 48.
- Agricultural Holdings Act of 1948, Chapter 63.
- El documento contiene:
Ley Nº 10723. Creando la Oficina Nacional de Planeamiento y Urbanismo y el Consejo Nacional de Urbanismo (Peru).
“Oficina Nacional de Planeamiento y Urbanismo. Estatutos, Decreto Supremo Nº 512” decretando que la Oficina se rige por el mismo.
“Régimen de la Propiedad Inmueble Urbana en Relación a un Plan Regulador”.
“Metodología seguida en la Formulación de los Planes Reguladores”
“Efectuación de los Planes Reguladores”
“Financiación de los Planes Reguladores”
El documento contiene:
- Proyecto de Ley del Bloque Demócrata Cristiano sobre inquilinos y adquisición de vivienda. Firmado por Busacca, Pizarro, Salado y de Vedia. Documento mecanografiado con anotaciones manuscritas.
- Declaración de la Junta Capital del Partido Demócrata Cristiano a las Cámaras sobre el proyecto de ley de vivienda enviado por el Poder Ejecutivo Nacional. Firmado por José Rivera y Enrique Lucioni.
- Partido Demócrata Cristiano y el problema de la vivienda. Actualidad de las soluciones propuestas desde 1956.
3ra Asamblea Legislativa, 1ra Sesión Ordinaria. Creando una administración y una corporación de Renovación Urbana y Vivienda para Puerto Rico; autorizando al Gobernador a ordenar las transferencias necesarias mediante orden ejecutiva y asignando fondos para el funcionamiento de la administración.