Ley dictada por el Poder Ejecutivo Nacional para establecer que el Fondo Nacional de Vivienda funcionará en jurisdicción de la Secretaría de Estado de Desarrollo Urbano y Vivienda con los objetivos, características, modalidades y recursos que determina la ley. Se derogan las leyes 17605, 19453, 19929 y demás normas y disposiciones reglamentarias.
Nueva ley sobre el Fondo de Vivienda Nacional.
Se busca dar soluciones al problema habitacional del país. Se habla de ingresos del grupo familiar por debajo de los niveles de subsistencia, por lo cual el Estado debe destinar recursos dentro del presupuesto nacional de Acción Social. "Dentro del esquema "atendido" actualmente por FONAVI, habría que producir transformaciones que permitieran, dividir las respuestas habitacionales en dos grandes grupos, las que requieren subsidio y créditos a largo plazo sin interés, y aquellas que pueden ser atendidas con una asistencia financiera mas corta y que pueden solventar intereses, de tipo hipotecario (tasas diferenciales)."
Jornadas sobre política y programación de la vivienda llevado a cabo por la Universidad Católica de la Plata.
Artículo para ser publicado en la Revista Summa, en un número dedicado al Transporte para discurrir sobre la Argentina espacial.
"Política habitacional en el marco de un desarrollo nacional al servicio de la promoción de la familia argentina."
Contiene los siguientes informes: "La problemática habitacional", "Algunas precisiones magistrales sectoriales", "La vivienda y sus valores" y "Medidas de políticas". Al final de cada trabajo se enumeran los arquitectos participantes: Luis M. Morea, Juan A. Solá, Enrique Monaldi, Juan M. Cortizas, Héctor Echechuri y Luis A. Giudice.
Artículos con el detalle sobre la creación del Banco Hipotecario Nacional.
Volante adjunto de la Democracia Cristiana sobre el tema.